Ley2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. La ley se compone de un título preliminar, siete títulos, dos disposiciones adicionales, ocho disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y seis disposiciones finales.
Atendiendoal régimen transitorio establecido por la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, en su disposición transitoria primera, a los respectivos planeamientos municipales les serán de íntegra aplicación el régimen y las determinaciones dispuestas en la Ley para el suelo rústico, salvo en el caso del Concello de Zas donde
Obrade consulta para aquellos que quieran conocer y profundizar en el tema de la ordenación territorial y urbanística del litoral en Galicia, con referencias a la reciente Ley 2/2016, de 10 de febrero, de suelo de Galicia.
Através de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, se ha procedido a dictar por esta Comunidad Autónoma una nueva Ley que sustituye a la anterior Ley 9/2002, Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Document Citas 14 Citado por Relacionados. Vincent. Autor: Fernando López Pérez:
2 De acuerdo con el artículo 141 de Ley 2/2016, de 10 de febrero, del Suelo de Galicia, el procedimiento de declaración de ruina se inicia: a) De oficio b) A instancia de parte interesada c) Las dos son correctas 3. Constatado el incumplimiento de una orden de ejecución, la administración municipal podrá proceder a:
Modificacióndel Decreto 66/2016, que afecta únicamente al artículo 143, por la disposición final primera del Decreto 92/2019, de 11 de julio, por el que se modifica el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero del suelo de Galicia.
Estaobligación de conservación general se contiene en el artículo 135 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del Suelo de Galicia, que indica que los propietarios de
Enejercicio de esa atribución competencial, se aprobó la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, que establece el marco general para la regulación de
RESOLUCIÓNde 13 de febrero de 2020 por la que se publican los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida correspondientes al año 2020. La Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, dispone lo siguiente en su artículo 42.9: «Los planes generales deberán prever unas reservas de suelo para la vivienda sujeta a
Deconformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas de la modificación aprobada definitivamente, una vez inscrita en
BOLETÍNOFICIAL DEL ESTADO Núm. 81 Lunes 4 de abril de 2016 Sec. I. Pág. 23523 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA 3191 Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1 La Comunidad Autónoma de Galicia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27.3 de su
Unaprimera se refiere a la consideración del paisaje en los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, en la que se integran, a su vez, los estudios del paisaje y los estudios del paisaje urbano, exigidos por las directrices de ordenación del territorio de Galicia y compatibles y respetuosos con las determinaciones de la Ley 2/2016, de 10
Lasdisposiciones transitorias se ocupan de la accesibilidad de las bases cartográficas y la información georreferenciada, de la incorporación del reglamento a planes y proyectos en tramitación y de la evaluación paisajística de usos y actividades en áreas de especial interés paisajístico en municipios con planeamiento no adaptado a la Ley
Enun suelo rustico de especial protección es posible edificar, siempre que se trate de inmuebles vinculados o destinados a una actividad o explotación, y llevar a cabo ciertos usos o actuaciones recogidos por la vigente Ley 2/2016 del Suelo de Galicia, sujetos a licencia municipal que dedica los siguientes preceptos:
Notificarindividualmente la aprobación definitiva del plan especial a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados a las que ya se les hubiera notificado la aprobación inicial del mismo, de conformidad con el artículo 186.4 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por el
2-Dota de una mayor autonomía a los ayuntamientos, reduciendo los usos del suelo rústico sometidos a control previo de la Comunidad Autónoma, y otorgando a los municipios de más de 50.000 habitantes la competencia para la aprobación definitiva de sus planes. 3.-Introduce dos nuevos instrumentos de planeamiento: El Plan Básico
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Hoy19 de febrero se publica en el Diario Oficial de Galicia el texto de la LEY 2/2016, de 10 de febrero, del SUELO DE GALICIA, entrando en vigor al mes de su
LaLey 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia. La Ley 6/2008, de 19 de junio, de medidas urgentes en materia de vivienda y suelo. El artículo 13 de la Ley 7/2008, de 7 de julio, de protección del paisaje de Galicia. La disposición adicional segunda de la Ley 7/1998, de 30 de diciembre
LaLey 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia viene a sustituir la anterior Ley 9/2002, de 29 de diciembre, de Ordenación Urbanística y Protección del Medio Rural de Galicia en la regulación del régimen urbanístico en nuestra Comunidad Autónoma. Una ley que, hasta su final derogación, ha tenido una
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